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Preguntas Frecuentes en Pensiones

sistema de pensiones

En Colombia, existen 4 AFP autorizadas para el manejo privado de los fondos de pensiones y cesantías de los ciudadanos:

Porvenir

Protección

Colpensiones

Protección

Old Mutual

Requisitos se deben cumplir en el régimen de prima media  para el reconocimiento de las diferentes pensiones establecidas por la ley:

 Pensión de vejez

  • Tener 57 años de edad la mujer o, 62 años de edad el hombre.  Reunir 1300 semanas de cotización en cualquier tiempo (aproximadamente 26 años)

Pensión de invalidez por riesgo común:

Ser calificado con una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% y Tener 50 semanas cotizadas en los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez o acontecimiento de la causa invalidante.

Si el afiliado es una persona menor de 20 años únicamente deberá acreditar haber cotizado 26 semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de su invalidez o su declaratoria.

Si el afiliado al Régimen de Prima Media tiene derecho a una indemnización sustitutiva de la pensión.

Pensión de sobrevivientes

Es la prestación a la que tienen derecho los familiares del afiliado o pensionado, en razón a la muerte de éste.

En el caso de muerte de un afiliado, se requiere que el causante haya cotizado 50 semanas dentro de los 3 años inmediatamente anteriores al fallecimiento.

¿Quiénes son los beneficiarios de esta pensión?

  • De por vida el cónyuge o la compañera o compañero permanente del fallecido,  siempre y cuando dicho beneficiario, a la fecha del fallecimiento, tenga 30 o más años de edad, y teniendo menos de 30 años que tenga hijos.
  • Los hijos menores de 18 años; los hijos mayores de 18 años y hasta los 25 años, incapacitados para trabajar por razón de sus estudios y si dependían  económicamente del fallecido.
  • A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos, serán beneficiarios los padres del fallecido si dependían económicamente de este.

¿A quién se le reconoce el auxilio funerario por muerte de un afiliado o pensionado? A quien compruebe haber sufragado los gastos de entierro del afiliado o del pensionado se le reconoce un valor equivalente al último salario base de cotización o de la última mesada pensional recibida sin que pueda ser inferior a 5 SMLMV, ni superior a 10 veces dicho salario.

Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad

Las administradoras de fondos de pensiones, conocidas como AFP o fondos privados de pensiones, y que en la actualidad son 4:

 1. PROTECCION: https://proteccion.com

2. PORVENIR: https://www.porvenir.com.co

3.  OLD MUTUAL: https://www.skandia.com.co

4. COLFONDOS: https://www.colfondos.com.co

¿Cuáles son las prestaciones a que tiene derecho? Los afiliados al régimen tendrán derecho al reconocimiento y pago de:

  •  Pensiones de vejez, que no están sujetos exclusivamente al cumplimiento de requisitos de edad y tiempo, ya que lo que otorga el derecho es el cumplimiento de un capital mínimo.
  •  Pensiones de invalidez y de sobrevivientes con los mismos requisitos y que se otorga en las mismas condiciones del Régimen de Prima Media.
  •  Devoluciones de saldos contenidas en los eventos en que no se cumplan con los requisitos mínimos de pensión.
  • El auxilio funerario.

Requisitos para obtener la pensión de vejez:

No hay requisito de edad mínima, ni de semanas cotizadas, salvo para acceder al beneficio de garantía mínima de pensión.  Debe contar con un capital acumulado en la cuenta de ahorro individual que permita obtener una pensión mensual, superior al 110% del salario mínimo legal mensual vigente.

Si el afiliado al cumplir la edad de 57 años mujer o 62 años hombre, no alcanzó a completar el capital suficiente para garantizar una mesada de un salario mínimo de pensión y hubiese cotizado por lo menos 1.150 semanas, tendrán derecho a que el Fondo RAIS,  le complete la parte que haga falta para obtener dicha pensión mínima.

¿Con cuánto tiempo cuenta el Sistema General de Pensiones para reconocer el derecho a la pensión?

Los Fondos encargados reconocerán la pensión en un tiempo no superior a cuatro (4) meses después de radicada la solicitud por el peticionario, con la correspondiente documentación que acredite su derecho.

PASO A PASO PARA PENSIONARSE

Debes conocer que cada fondo de pensiones tiene su propio trámite de gestión, a continuación encontraras los requisitos  que debes acreditar para que le sea reconocido el derecho a la pensión de vejez:

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